
Uno de los principales beneficios de acogerse a un proceso de insolvencia económica es la suspensión inmediata de los procesos ejecutivos y de jurisdicción coactiva, evitando que continúen las acciones de cobro mientras se busca una solución legal y negociada con los acreedores.
Al iniciar un proceso de insolvencia económica, el deudor obtiene la suspensión temporal de los procesos de restitución de inmuebles arrendados originados por mora en el pago de los cánones de arrendamiento. Esta medida brinda una protección legal inmediata, evitando el desalojo mientras se gestionan acuerdos de pago.
Durante un proceso de insolvencia económica, se ordena la suspensión de los remates de bienes inmuebles, garantizando la protección patrimonial del deudor mientras se adelanta la negociación con sus acreedores, evitando la pérdida de propiedades y permite encontrar soluciones legales que faciliten la reorganización de deudas sin afectar el patrimonio.
Durante un proceso de insolvencia económica, las empresas de servicios públicos no pueden suspender la prestación de los servicios esenciales al deudor, incluso cuando existan facturas pendientes por pagar garantizando la continuidad del suministro de servicios públicos domiciliarios, permitiendo que las personas en situación de insolvencia mantengan condiciones dignas mientras se reestructuran sus obligaciones financieras.
En el marco de un proceso de insolvencia económica, el deudor tiene derecho a destinar una parte de sus ingresos para garantizar su subsistencia digna y la de su familia. Esta disposición legal busca proteger el mínimo vital, asegurando que el deudor pueda cubrir sus necesidades básicas como alimentación, vivienda, salud y educación— mientras se lleva a cabo la negociación de deudas con los acreedores.
Dentro del proceso de insolvencia económica, el deudor tiene la posibilidad de presentar un plan de pagos ajustado a su capacidad económica, respetando la prelación legal de créditos establecida por la normativa colombiana. Este plan puede extenderse por un término de hasta 60 meses o más, permitiendo reorganizar las obligaciones de manera justa y equilibrada, con el acompañamiento de los acreedores y bajo la supervisión del conciliador.
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